El alto tribunal fija que las multas de Hacienda serán nulas de pleno derecho si el fisco ignora las pruebas presentadas por el afectado y no "justifica ni motiva su rechazo". La Corte, en una sentencia del 24 de noviembre, establece que cuando la AEAT impone una sanción sin escuchar las pruebas de descargo propuestas por el contribuyente "vulnera el derecho fundamental a utilizar medios de prueba pertinentes para la defensa y, en relación con dicho derecho, a la presunción de inocencia". En el caso de que Hacienda rechace las pruebas, debe motivarlo, y acreditar que su práctica no alteraría el resultado final.